FARAJ ALFREDO ANTONIO c/ AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El tribunal confirmó la regulación de honorarios de la letrada que representó a la demandada, destacando que deben ponderarse la magnitud del trabajo realizado, la complejidad y la contribución a la solución del pleito.
¿Quién es el actor?
FARAJ ALFREDO ANTONIO
¿A quién se demanda?
AFIP
- Objeto de la demanda: Proceso de conocimiento
- Decisión del tribunal: Se confirma la regulación de honorarios de la letrada de la parte demandada, en virtud de la magnitud del trabajo realizado, la responsabilidad asumida y la complejidad de los intereses económicos en juego.
Los fundamentos principales son:
"Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito."
"Por ello, resulta procedente apreciar prudencialmente la trascendencia económica de la cuestión, la que deberá ser evaluada de conformidad a lo previsto en los incs. b) a g) del art. 16 de la ley 27.423."
"Que, teniendo en cuenta la naturaleza del asunto, considerando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor cumplida, el resultado obtenido y la caducidad resuelta, corresponde confirmar los honorarios regulados con fecha 27/05/2024, en favor de la DRA. PAMELA JURSZA, letrada apoderada, actuante en la defensa de la demandada (arts. 14, 16, 19, 20, 21, 25, 29, inc g), 37, 44, inc. a) y ccdtes. de la ley 27.423
- Dto. 1077/17)."
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