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VICENTIN SAIC (TF 29636-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La empresa Vicentin SAIC recurrió la multa impuesta por la Dirección General de Aduanas por haber exportado mercadería con posterioridad al vencimiento del plazo establecido en la declaración jurada de venta al exterior. La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia y determinó que corresponde aplicar una multa mínima por infracción formal.

Principio de congruencia Multa Exportacion Comercio exterior Infraccion formal

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La empresa Vicentin SAIC es demandada por la Dirección General de Aduanas (DGA) por haber exportado mercadería fuera del plazo establecido en la declaración jurada de venta al exterior (DJVE).
- La DGA le impuso una multa solidaria a Vicentin SAIC y a la despachante de aduana por la infracción prevista en el art. 954 del Código Aduanero.
- El Tribunal Fiscal de la Nación reencuadró la multa en el art. 969 del Código Aduanero.
- La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia del Tribunal Fiscal por considerar que se apartó de los hechos controvertidos, vulnerando el principio de congruencia.
- La Cámara determinó que la conducta de Vicentin SAIC no encuadra en los supuestos del art. 954, sino que corresponde aplicar la multa mínima por infracción formal del art. 995 del Código Aduanero.
- La Cámara impuso las costas por su orden.

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