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EN - DNM c/ TURIN LGW s/EJECUCION FISCAL

La Dirección Nacional de Migraciones promovió ejecución fiscal contra un particular por infracción a la Ley de Migraciones. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó que la competencia corresponde a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias.

Competencia Ejecucion fiscal Juzgados especializados Ley de migraciones Ley n 25 293


¿Quién es el actor?

Dirección Nacional de Migraciones (DNM)

¿A quién se demanda?

TURIN LGW

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal por infracción al art. 55 de la Ley N° 25.871 de Migraciones

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal desestimó el recurso de apelación y confirmó la competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias. Fundamentos principales:
- La Ley N° 25.293 creó los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias con competencia específica para tramitar ejecuciones fiscales por créditos adeudados a la administración pública nacional, incluyendo impuestos, tasas, retribuciones de servicios, etc.
- Una interpretación teleológica de la ley, que atienda a la finalidad de otorgar mayor celeridad al cobro de estos créditos estatales, lleva a concluir que los nuevos juzgados especializados son competentes para entender en la presente ejecución fiscal, más allá de que el título ejecutivo se funde en una infracción a la Ley de Migraciones.
- Esta Cámara ya se ha pronunciado en el mismo sentido en fallos anteriores.

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