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EN - DNM c/ HUANG, GUILIN - EX 12884697/18 s/EJECUCION FISCAL

La Administración Federal de Ingresos Públicos promovió ejecución fiscal por infracción a la Ley de Migraciones. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias.

Competencia Ejecucion fiscal Juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias Ley 25 293 Ley 25 871


¿Quién es el actor?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

¿A quién se demanda?

HUANG, GUILIN

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal por infracción al art. 55 de la Ley 25.871 de Migraciones

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó que la presente causa es de competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias. La Cámara señaló que, a la luz de una interpretación teleológica de la Ley 25.293, los juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias se encuentran habilitados para conocer en la ejecución de los créditos adeudados a la administración pública nacional por falta de pago de impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios, mejoras o multas. Fundamentó su decisión en que la Ley 25.293 tuvo por objeto tornar más eficiente la gestión judicial, concentrando los procesos de ejecución en tribunales de primera instancia especializados. Destacó que esta Cámara estableció pautas progresivas para la asignación de causas a dichos juzgados, preservando el propósito perseguido por el legislador.

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