LABATTAGLIA, PABLO ANDRES c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió demanda por el pago de intereses adeudados. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la providencia de primera instancia y estableció que la demandada aún se encuentra dentro del plazo legal para cancelar el crédito.
¿Quién es el actor?
Pablo Andrés Labattaglia
¿A quién se demanda?
EN
- M Seguridad
- PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.
- Objeto de la demanda: Cobro de intereses adeudados
- Decisión del tribunal: La Cámara revocó la providencia de primera instancia que aprobaba la liquidación y ordenaba el pago, estableciendo que la demandada aún se encuentra dentro del plazo legal para cancelar el crédito.
Los principales fundamentos de la decisión son:
- Según la Ley de Consolidación (Ley 23.982) y la Ley de Presupuesto (Ley 24.624 y 26.895), el Estado tiene un plazo para incluir en el presupuesto las condenas judiciales y efectuar el pago, que en este caso aún no ha vencido.
- La Corte Suprema en el fallo "Curti" ha establecido que el Estado puede diferir el pago de las condenas por única vez, hasta el siguiente ejercicio fiscal.
- Mientras no se cancele el crédito, los intereses seguirán computándose hasta la fecha del pago.
- Si el pago no se realiza por el total adeudado (capital más intereses), no corresponde una nueva previsión presupuestaria, sino el pago del remanente en el siguiente ejercicio.
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