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EN - M ECONOMIA (SEC DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO) c/ INC SA - RES 472/23 s/PROCESO DE EJECUCION

La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo promovió ejecución fiscal contra una empresa. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó que la competencia corresponde a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias.

Competencia Ejecucion fiscal Juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias Ley n 25 293 Creditos estatales

Ejecución fiscal

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó que la competencia corresponde a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias. La Cámara señaló que una interpretación teleológica de la Ley N° 25.293 lleva a admitir la competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Tributarias en este tipo de ejecuciones fiscales. Destacó que estos juzgados fueron creados para dar mayor celeridad al cobro de créditos estatales, y que ello abarca la ejecución de créditos originados en impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios, mejoras o multas adeudadas a la Administración Pública Nacional. Por lo tanto, confirmó la resolución que declaró la incompetencia del juzgado contencioso administrativo federal y la derivación de la causa a los juzgados de ejecuciones fiscales tributarias.

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