EVEQUOZ, ELEAZAR RICARDO Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - FA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, regula los honorarios del letrado que intervino en la contestación del traslado del recurso extraordinario interpuesto por la accionada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En autos "EVEQUOZ, ELEAZAR RICARDO Y OTROS c/ EN
- M DEFENSA
- FA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG", la Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, se expide sobre la regulación de honorarios del Dr. Sebastián Alejandro Bonder, letrado apoderado y actuante en la defensa de los actores.
La Cámara señala que, atendiendo a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido, el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada, corresponde regular los honorarios del Dr. Bonder en la suma de $684.192, equivalente a 12 UMA, de conformidad a lo dispuesto en la Ley 27.423 y su Decreto Reglamentario 1077/17.
Asimismo, aclara que el importe del impuesto al valor agregado integrará las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios, cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo.
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