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FERNANDEZ, SERGIO HUGO c/ UIF (EX 907/17 - RESOL 77/23) s/CODIGO PENAL - LEY 25246 - DTO 290/07 ART 25

El administrador general del Hipódromo de La Plata no es responsable por los incumplimientos del Hipódromo a la normativa de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo.

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¿Quién es el actor?

Sergio Hugo Fernández, administrador general del Hipódromo de La Plata

¿A quién se demanda?

Unidad de Información Financiera (UIF)
- Objeto de la demanda: Cuestionar la sanción impuesta por la UIF al Hipódromo de La Plata y a Sergio Hugo Fernández por incumplimientos en materia de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar parcialmente al recurso directo interpuesto por Fernández. Se declara la nulidad parcial de la resolución de la UIF en cuanto le atribuyó responsabilidad a Fernández.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Hipódromo de La Plata es una unidad desconcentrada del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, quien es el sujeto obligado por la normativa de prevención de lavado de activos.
- Fernández, como administrador general del Hipódromo, tiene una posición subordinada y jerárquicamente dependiente del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, por lo que no le puede atribuir responsabilidad por los incumplimientos.
- La sanción por los incumplimientos debe recaer sobre las máximas autoridades del sujeto obligado (el Instituto Provincial de Lotería y Casinos), no sobre mandos medios como Fernández.

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