FURLAN CRISTIAN PABLO Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-EJERCITO DTO 2769/93 871/07 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores reclamaron diferencias salariales por decretos sobre incrementos al personal militar. La Cámara confirmó la condena al Estado Nacional por los intereses adeudados hasta el efectivo pago.
Diferencias salariales por decretos sobre incrementos al personal militar
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y confirmó la providencia que intimó el pago de los intereses adeudados.
Los fundamentos principales fueron:
- La Corte Suprema ha establecido que los intereses moratorios deben computarse hasta la efectiva cancelación del crédito, sin que pueda reputarse como pago la mera previsión presupuestaria.
- El Estado debe realizar la previsión presupuestaria que comprenda tanto el capital como los intereses devengados hasta el efectivo pago, de lo contrario se frustraría el fin del régimen de ejecución de sentencias contra el Estado.
- En el caso, la demandada no acreditó haber depositado aún la suma reconocida en concepto de intereses, por lo que correspondía confirmar la intimación de pago.
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