MONTERO, JUAN JOSE c/ EN-M DEFENSA-ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El personal de la Armada Argentina demandó al Estado Nacional por no incluir los incrementos salariales transitorios en el haber mensual. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia de primera instancia y reconoció el carácter remunerativo y bonificable de dichos incrementos.
¿Quién es el actor?
Personal de la Armada Argentina
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incluir en el haber mensual los incrementos salariales transitorios otorgados por diversos decretos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
Fundamentos principales:
- Los incrementos salariales otorgados por los decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08 y 751/09 tienen carácter remunerativo y bonificable, ya que son percibidos por la totalidad del personal en actividad, carecen de limitación temporal y no requieren verificar circunstancias particulares.
- Conforme lo resuelto por la CSJN en "Salas", estos incrementos tienen carácter general y remunerativo.
- De acuerdo al art. 54 de la Ley 19.101, las asignaciones de carácter general deben otorgarse como "sueldo", por lo que son bonificables.
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