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SANI, VALERIA LORENA Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El demandado apeló una medida de embargo. La Cámara Contencioso Administrativa modificó la decisión y revocó la medida de embargo.

Recurso de apelacion Ejecucion de sentencia Inembargabilidad Presupuesto publico Deuda estatal


¿Quién es el actor?

Valeria Lorena Sani y otros

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de acreencias

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa revocó la medida de embargo, señalando que el Estado se encuentra dentro de los plazos legales previstos para el pago de la deuda reconocida y no corresponde una ejecución forzada. Indicó que mientras no se cancele el crédito, seguirán generándose intereses, pero que de no pagarse la deuda íntegramente, no corresponde una nueva previsión presupuestaria. Los principales fundamentos fueron:
- La Ley 23.982, 24.624 y 26.895 establecen plazos y procedimientos específicos para el pago de condenas al Estado, que implica su inclusión en el presupuesto siguiente.
- El Estado se encuentra dentro de esos plazos legales, por lo que no corresponde una ejecución forzada.
- Si el pago no se realiza por el total adeudado, no corresponde una nueva previsión presupuestaria, sino el pago con los recursos asignados en el ejercicio siguiente.

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