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PELOSO, JAVIER ENRIQUE c/ EN-M DEFENSA-EJERCITO-LEY 19101 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó diferencias en el cálculo de la compensación por cambio de destino. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y acotó el período de prescripción aplicable.

Prescripcion Compensacion por cambio de destino Adicionales y suplementos Remuneraciones militares

Diferencias en el cálculo de la compensación por cambio de destino, tomando como base el haber de Teniente General e incluyendo los suplementos creados por decretos posteriores.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación, confirmando que los adicionales y suplementos deben incluirse en el cálculo, pero modificando el período de prescripción aplicable, que será de 5 años y no 10 como resolvió la primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara se remitió a precedentes anteriores donde se estableció que los adicionales y suplementos tienen carácter remunerativo y deben integrar el haber del personal militar. Sin embargo, en cuanto al plazo de prescripción, aplicó el plazo quinquenal previsto en el Código Civil y Comercial.

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