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PEREZ, PATRICIO AUGUSTO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Estado Nacional interpuso recurso de apelación contra la resolución que intimó el pago de intereses adeudados. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión al considerar que el Estado no realizó la previsión presupuestaria correspondiente.

Intereses Indemnizacion Presupuesto Cobro Embargabilidad Principio de celeridad procesal


¿Quién es el actor?

Patricio Augusto Pérez

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de intereses adeudados por el pago de la liquidación aprobada en 2021

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional y se confirma la resolución que intimó el pago de los intereses adeudados

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Estado tenía la prerrogativa de diferir por única vez el pago de la condena en caso de agotamiento de partida presupuestaria, pero esa posibilidad se agotó al vencer el ejercicio 2023 sin que el Estado hubiera efectuado la previsión presupuestaria correspondiente.
- Según jurisprudencia de la Corte Suprema, para el pago de reconocimientos judiciales firmes sujetos al procedimiento del art. 170 de la Ley 11.672, el Estado debe incluir en el presupuesto el capital de condena y los intereses devengados hasta el efectivo pago, lo que no ocurrió en este caso.
- Adoptar un criterio contrario implicaría la extensión indefinida de los pleitos, con perjuicio para el erario público, los acreedores y el servicio de justicia.

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