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EN-M ECONOMIA-SECRETARIA INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO c/ TRANSPORTES AUTOMOTORES PLUSMAR SA-EXPTE 94879716/21 s/EJECUCION FISCAL TRIBUTARIOS

Conflicto negativo de competencia por ejecución fiscal de una multa contra una empresa. La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II dirime el conflicto y atribuye la competencia a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias.

Competencia Multa Ejecucion fiscal Juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias Eficiencia procesal


¿Quién es el actor?

Estado Nacional

¿A quién se demanda?

TRANSPORTES AUTOMOTORES PLUSMAR S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal de una multa de $32.000 impuesta por incumplimiento normativo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II dirime el conflicto negativo de competencia suscitado entre los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias y los Juzgados Contencioso Administrativos Federales. La Cámara resuelve atribuir la competencia a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias, en base a una interpretación teleológica de la Ley 25.293 que creó estos tribunales especializados. La Cámara comparte los argumentos del Fiscal General, quien consideró que la ley buscó concentrar los procesos de ejecución fiscal de créditos del Estado en estos tribunales especializados, con el fin de lograr mayor celeridad y eficiencia en el cobro de tales acreencias. Por lo tanto, la ejecución de multas y otros créditos del Estado contra particulares debe tramitar ante estos juzgados y no ante los Contencioso Administrativos Federales.

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