EN - DNM c/ COA CHOQUE, VALERIO - EX 28391459/21 s/EJECUCION FISCAL
La Dirección Nacional de Migraciones promovió ejecución fiscal por multas impuestas por infracción a la Ley de Migraciones. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias para entender en la causa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Dirección Nacional de Migraciones (DNM) promovió una ejecución fiscal contra Valerio COA CHOQUE, con el objeto de cobrar multas impuestas por infracción al artículo 55, 2do párrafo, de la Ley N° 25.871 de Migraciones. La jueza de primera instancia se declaró incompetente y remitió las actuaciones a la justicia federal de ejecuciones fiscales tributarias. La DNM recurrió esa decisión, alegando que las multas no tienen naturaleza tributaria sino que son sanciones por infracciones a la ley de migraciones. El Fiscal General y la Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmaron la competencia de los juzgados de ejecuciones fiscales tributarias. Sostuvieron que la Ley N° 25.293 establece que dichos juzgados son competentes para ejecutar todo tipo de créditos adeudados a la administración pública nacional, incluyendo multas, más allá de su causa u origen. Destacaron que este criterio se basa en razones de economía y eficiencia procesal, sin perjuicio de que eventualmente pueda ser revisado por la jurisprudencia plenaria.
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