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EN - M EDUCACION c/ AFIANZADORA LATINOAMERICANA CIA DE SEGUROS SA - POLIZA 429.395 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El Ministerio de Educación demandó a la aseguradora por el cobro de una garantía de anticipo financiero de una obra pública. La Cámara revocó la decisión y ordenó la citación del contratista como tercero obligado principal.

Obra publica Seguro de caucion Citacion de tercero Accion de regreso Anticipo financiero


¿Quién es el actor?

Estado Nacional
- Ministerio de Educación

¿A quién se demanda?

Afianzadora Latinoamericana Cía. de Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de garantía de anticipo financiero de obra pública

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la decisión de primera instancia que había rechazado la citación del contratista (UTE Bahía Blanca Viviendas S.R.L. / Escarabajal Ingeniería S.R.L.) como tercero obligado principal, considerando que existe una controversia común que justifica su intervención, a fin de evitar una posible acción de regreso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara sostuvo que, en el seguro de caución, una vez que la aseguradora paga al asegurado, tiene acción de recupero contra el tomador (obligado principal), por lo que resulta justificada la citación de este último, ya que tiene un interés para evitar que prospere una acción regresiva. Citaron jurisprudencia en el mismo sentido.

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