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JUFETEX SA c/ EN - AFIP - DGA - RGC 5271/22 s/AMPARO LEY 16.986

La empresa JUFETEX SA interpuso recurso de amparo contra la AFIP. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la imposición de costas en el orden causado ante la abstracción de la cuestión.

Costas Afip Abstraccion de la cuestion Recurso de amparo Oficializacion de importaciones


¿Quién es el actor?

JUFETEX SA

¿A quién se demanda?

EN
- AFIP
- DGA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de amparo contra acto de la AFIP que impedía a la empresa oficializar y tramitar declaraciones de importación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró abstracta la cuestión, dado que la AFIP manifestó que la empresa no se encontraba comprendida en la normativa cuestionada, por lo que confirmó la imposición de costas en el orden causado. La Cámara señaló que no había parte vencida, ya que la cuestión había fenecido, por lo que correspondía distribuir las costas en el orden causado. Fundamentos principales:
- El art. 14 de la Ley 16.986 dispone que no habrá condena en costas si antes del plazo para contestar el informe del art. 8, cesara el acto u omisión que motivó el amparo.
- El art. 68 del CPCCN, de aplicación supletoria, establece que el juez puede eximir total o parcialmente de la responsabilidad por costas al litigante vencido, cuando encontrare mérito para ello.
- Al declararse abstracta la cuestión, no existía propiamente una parte vencida, por lo que correspondía distribuir las costas en el orden causado.

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