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ACINDAR INDUSTRIA ARGENTINA DE ACEROS SA (TF 38141-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Empresa de acero solicita dejar sin efecto intereses aduaneros, la Cámara confirma que no corresponde el cobro de intereses por haberse efectuado el pago dentro del plazo legal.

Intereses Notificacion Recurso directo Pago Aduanas Tribunal fiscal Liquidacion originaria


¿Quién es el actor?

Acindar Industria Argentina de Aceros SA

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra resolución del Tribunal Fiscal que revocó una multa por intereses de cargas aduaneras.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó la apelación de la DGA y confirmó la decisión del Tribunal Fiscal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La liquidación de los tributos aduaneros debe notificarse al importador, pero los intereses solo empiezan a devengarse una vez vencido el plazo de 10 días.
- En este caso, la empresa realizó el pago dentro del plazo legal, por lo que no correspondía el cobro de intereses.
- La Aduana había hecho la observación de cobrar intereses desde 2007, pero la empresa no estaba en conocimiento de lo que debía abonar hasta ser notificada de la reliquidación.

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