ARGENPROM SRL c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La actora solicitó una medida cautelar autónoma contra resoluciones administrativas. La Cámara Contencioso Administrativa Federal reguló los honorarios de la letrada de la parte demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, ARGENPROM SRL, promovió un proceso de conocimiento contra el Estado Nacional
- Ministerio de Desarrollo Productivo y otros, solicitando una medida cautelar autónoma a fin de que se suspenda la aplicación de ciertas resoluciones administrativas.
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, en el marco de este incidente, procedió a regular los honorarios de la letrada de la parte demandada, Dra. Carla Gabriela Corsetti, por su actuación en la defensa, fijándolos en la suma de $121.558, equivalente a 2 Unidades de Medida Arancelaria (UMA).
La Cámara resaltó que para determinar los honorarios se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses económicos en juego, en concordancia con lo previsto en la Ley 27.423.
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