INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA c/ EL RAPIDO ARGENTINO COMPAÑIA DE MICROOMNIBUS SA s/EJECUCION FISCAL TRIBUTARIOS
Conflicto negativo de competencia entre juzgados federales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal atribuye la competencia al Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias N°2.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Inspección General de Justicia promovió un proceso de ejecución contra la empresa El Rápido Argentino Compañía de Microómnibus SA. Se suscitó un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N°10 y el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias N°2. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala IV, resuelve atribuir la competencia al Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias N°2. Para fundamentar su decisión, la Cámara remite a los pronunciamientos emitidos en previas causas sobre conflictos de competencia similares, sin alterar la sustancia de lo allí resuelto. Señala que otras Salas de la Cámara han adoptado una solución idéntica en casos análogos.
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