JACA, DANIEL ANIBAL c/ EN-AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor promovió demanda contra la AFIP para que se declare la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la declaración de inconstitucionalidad.
Declaración de inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la ley de impuesto a las ganancias y cese de retenciones con reintegro de sumas descontadas
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la declaración de inconstitucionalidad de esas normas, ordenó el reintegro de las retenciones practicadas a partir de 2 años previos a la demanda con intereses desde la interposición de la demanda. La Cámara consideró que el actor integra un grupo vulnerable con preferente tutela constitucional, por lo que no se puede aplicar el impuesto a las ganancias a sus haberes previsionales sin ponderar su situación de vulnerabilidad. Así, los criterios estrictamente patrimoniales de la ley no resultan suficientes y deben contemplar la vulnerabilidad de los jubilados y pensionados. Las modificaciones legales posteriores tampoco alteran este criterio jurisprudencial. En cuanto a los intereses, deben calcularse desde la interposición de la demanda a la tasa prevista en las resoluciones del Ministerio de Economía. Respecto a las costas, se revocó la imposición a la AFIP y se distribuyeron en el orden causado.
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