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GARIN, VIVIANA LUJAN c/ HOSPITAL NACIONAL ALEJANDRO POSADAS Y OTRO s/EMPLEO PUBLICO

La actora apeló la sentencia que rechazó su demanda por indemnización por "despido" y daño moral. La Cámara confirmó el rechazo de los reclamos, al considerar que la relación laboral era de carácter temporario y no había pruebas de una desviación de poder.

Empleo publico Expectativa de permanencia Desviacion de poder Contrato a termino Ausencias injustificadas

Indemnización por "despido" agravado por embarazo y daño moral
- Decisión: Se rechazó la demanda. La Cámara confirmó que la relación laboral era de carácter temporario, sin que la actora hubiera acreditado una desviación de poder que encubriera una designación permanente. No se probó que el no renovar el contrato tuviera como causa el embarazo de la actora. Fundamentos:
- El plazo breve de la relación (menos de 3 años) y los términos expresos de temporalidad del contrato, impiden aplicar la doctrina del fallo "Ramos" sobre expectativa de permanencia.
- La actora no demostró que el Hospital utilizara figuras jurídicas para encubrir una designación permanente.
- No hay obligación del Hospital de justificar la decisión de no renovar el contrato, al tratarse de una relación temporaria.
- No se acreditaron las ausencias injustificadas de la actora como causal de rescisión, ni que ello hubiera motivado la no renovación.

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