SORBILI, PASCUAL Y OTRO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Los actores jubilados promovieron demanda por inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus jubilaciones. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó parcialmente la sentencia al ajustar el cómputo de intereses.
- Actores: Pascual Sorbilli y Rolando Alberto Siroti, jubilados
- Demandado: Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
- Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias que gravan las jubilaciones
- Decisión:
- El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda, declarando la inconstitucionalidad de los artículos cuestionados y ordenando el reintegro de lo retenido.
- La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, salvo en lo relativo al cómputo de intereses:
- Los intereses deberán calcularse desde la fecha de interposición de la demanda, aplicando la tasa pasiva del BCRA hasta el 1/9/2022, luego la tasa de la Resolución 559/2022 del Ministerio de Economía, y a partir del 1/2/2024 la tasa de la Resolución 3/2024 del Ministerio de Economía.
- Fundamentos:
- La Cámara concluyó que las circunstancias del caso son análogas a la doctrina establecida por la CSJN en "García, María Isabel", por lo que corresponde aplicar el mismo criterio.
- Las modificaciones legislativas posteriores (Leyes 27.617, 27.346 y 27.725) no alteran la procedencia del reclamo, pues no cumplen con los parámetros fijados por la CSJN.
- Respecto a los intereses, corresponde aplicar la normativa sobre prescripción tributaria (art. 56 Ley 11.683) y la jurisprudencia sobre la tasa de interés aplicable.
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