SORBILI, PASCUAL Y OTRO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Los actores jubilados promovieron demanda por inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus jubilaciones. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó parcialmente la sentencia al ajustar el cómputo de intereses.
- Actores: Pascual Sorbilli y Rolando Alberto Siroti, jubilados
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias que gravan las jubilaciones
¿Qué se resolvió?
- El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda, declarando la inconstitucionalidad de los artículos cuestionados y ordenando el reintegro de lo retenido.
- La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, salvo en lo relativo al cómputo de intereses:
- Los intereses deberán calcularse desde la fecha de interposición de la demanda, aplicando la tasa pasiva del BCRA hasta el 1/9/2022, luego la tasa de la Resolución 559/2022 del Ministerio de Economía, y a partir del 1/2/2024 la tasa de la Resolución 3/2024 del Ministerio de Economía.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara concluyó que las circunstancias del caso son análogas a la doctrina establecida por la CSJN en "García, María Isabel", por lo que corresponde aplicar el mismo criterio.
- Las modificaciones legislativas posteriores (Leyes 27.617, 27.346 y 27.725) no alteran la procedencia del reclamo, pues no cumplen con los parámetros fijados por la CSJN.
- Respecto a los intereses, corresponde aplicar la normativa sobre prescripción tributaria (art. 56 Ley 11.683) y la jurisprudencia sobre la tasa de interés aplicable.
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