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GUERRERO, DIEGO RAMON Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Intimación al Estado Nacional al pago de intereses en ejecución de sentencia. La Cámara revoca la intimación por no haberse cumplido los plazos legales para la previsión presupuestaria.

Intereses Ejecucion de sentencia Presupuesto Prevision presupuestaria Plazos legales


- Actor: GUERRERO, DIEGO RAMÓN y OTROS
- Demandado: EN-M° SEGURIDAD -PFA
- Objeto: Ejecución del pago de intereses de sentencia judicial.
- Decisión: La Cámara revoca la resolución que había intimado al Estado Nacional a pagar los intereses adeudados en el plazo de 10 días, por considerar que aún no se encontraban vencidos los plazos legales para que el Poder Ejecutivo Nacional realice las previsiones presupuestarias necesarias.
- Fundamentos principales: "Del artículo 22 de la ley 23.982 surge que (...) el Poder Ejecutivo nacional deberá efectuar las previsiones necesarias a fin de su inclusión en el ejercicio siguiente, a cuyo fin las jurisdicciones y entidades demandadas deberán tomar conocimiento fehaciente de la condena antes del día 31 de julio del año correspondiente al envío del proyecto, debiendo incorporar en sus respectivos anteproyectos de presupuesto el requerimiento financiero total correspondiente a las sentencias firmes a incluir en el citado proyecto." "En el caso de que el presupuesto correspondiente al ejercicio financiero en que la condena deba ser atendida carezca de crédito presupuestario suficiente para satisfacerla, el Poder Ejecutivo nacional deberá efectuar las previsiones necesarias a fin de su inclusión en el ejercicio siguiente."

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