CENTRAL PUERTO SA c/ EN-AFIP-DGI s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
La actora promovió demanda de repetición por el impuesto a las ganancias del ejercicio 2012. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia y ordenó al fisco nacional reintegrar las sumas indebidamente abonadas, con intereses.
¿Quién es el actor?
Central Puerto SA (CPSA)
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
- Dirección General Impositiva (DGI)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Repetición del impuesto a las ganancias correspondiente al ejercicio fiscal 2012
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se reconoció el derecho de CPSA a utilizar el mecanismo de ajuste por inflación y reexpresar las amortizaciones de bienes de uso. Se ordenó al fisco reintegrar las sumas indebidamente abonadas, con intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal consideró que los informes periciales y la prueba aportada acreditaron que el impuesto determinado sin aplicar los ajustes por inflación y amortizaciones resultó confiscatorio, afectando el derecho de propiedad de la firma.
- Citó la jurisprudencia de la Corte Suprema que admite la procedencia del ajuste por inflación cuando se verifica la confiscatoriedad del tributo.
- Respecto a la tasa de interés aplicable a la devolución, se estableció que se deberá aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA hasta agosto de 2019, luego la tasa efectiva mensual publicada por la AFIP hasta agosto de 2022, y finalmente la tasa prevista en las resoluciones posteriores.
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