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ENRE c/ EDESUR SA-RESOL 72/24 s/PROCESO DE EJECUCION

Conflicto de competencia entre juzgados federales sobre ejecución fiscal adeudada a la administración pública. La Cámara resuelve atribuir la competencia al Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias.

Impuestos Conflicto de competencia Ejecucion fiscal Ente regulador Tasas Juzgados especializados Celeridad cobro creditos estatales

Ejecución fiscal por $449.914.955 más intereses y costas, adeudados a la administración pública por falta de pago de impuestos, tasas, etc.

¿Qué se resolvió?

La Cámara dirima el conflicto de competencia negativo y atribuye el conocimiento de la causa al Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias N° 5.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Interpretación teleológica de la Ley N° 25.293 que creó los juzgados de ejecuciones fiscales tributarias, con el fin de dar mayor celeridad al cobro de créditos estatales. Los juzgados especializados en ejecuciones fiscales tienen competencia para conocer en este tipo de ejecuciones, más allá de la literalidad de la ley.

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