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LEGUIZAMON DE LUCA, CARLOS ARIEL Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma el rechazo de la apelación del Estado Nacional respecto al pago de una liquidación adeudada.

Recurso de apelacion Ejecucion de sentencia Estado nacional Acreedor Presupuesto publico Pago de condena


¿Quién es el actor?

LEGUIZAMON DE LUCA, CARLOS ARIEL Y OTROS

¿A quién se demanda?

EN
- M SEGURIDAD
- PFA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de pago de liquidación aprobada a favor de los actores.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional, confirmando la decisión de primera instancia que intimó al Estado al pago de la liquidación adeudada por $203.572,14.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema en el precedente "Curti" estableció que el Estado tiene la prerrogativa de diferir por única vez el pago de una condena cuando se agote la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio en que se encontraba prevista su cancelación.
- Sin embargo, si el Estado no acredita el agotamiento de la partida, incumple el orden de prelación para el pago o no verifica la cancelación de la condena en el ejercicio diferido, el acreedor está facultado para llevar adelante la ejecución.
- En el caso, el Estado no invocó ni acreditó haber cumplido con los presupuestos necesarios para ejercer la prerrogativa de diferir el pago, por lo que el crédito se encontraba en condiciones de ser exigido.

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