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RUIZ, RAFAEL ENRIQUE c/ EN-MSEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor apeló la providencia que denegó la ejecución de la sentencia dictada a su favor. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia.

Recurso de apelacion Ejecucion de sentencia Intereses moratorios Ley 23 982 Ley 11 672 Deuda no consolidada


- Actor: RUIZ, RAFAEL ENRIQUE
- Demandado: EN
- Mº SEGURIDAD
- PFA
- Objeto: Ejecución de sentencia que reconoció un crédito a favor del actor.
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la providencia de primera instancia que denegó la ejecución forzada del crédito, en razón de que aún no se encontraba vencido el plazo legal para que el Estado realice la previsión presupuestaria necesaria para el pago.
- Fundamentos:
- La Corte Suprema ha establecido que, si bien el Estado tiene la prerrogativa de diferir por única vez el pago de una condena cuando se agota el crédito presupuestario, ello no exime al Estado de pagar los intereses moratorios devengados hasta el efectivo pago.
- Conforme lo resuelto por las diversas Salas de este fuero y la Cámara Civil y Comercial Federal, la previsión presupuestaria debe ser suficiente para atender al capital de condena adeudado, con sus respectivos intereses hasta el momento del pago, a fin de cancelar integralmente los créditos.
- En el caso, las liquidaciones fueron aprobadas el 08/11/2023 y notificadas a la demandada el 20/11/2023, por lo que aún no se encontraban vencidos los plazos previstos en la Ley 23.982 y Ley 11.672 para el cumplimiento de la condena.

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