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FURBIA SACIF Y M (TF 23121-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Furbia SACIF y M S.A. obtiene la devolución de lo abonado en demasía por tasa de estadística al acreditarse la validez del certificado de origen que le otorgaba el tratamiento arancelario preferencial.

Recurso directo Tasa de estadistica Certificado de origen Ace n 14 Preferencia arancelaria


- Actor: Furbia SACIF y M S.A.
- Demandado: DGA (Dirección General de Aduanas)
- Objeto: Devolución de lo abonado en exceso por tasa de estadística respecto a mercadería importada con preferencia arancelaria.
- Decisión: El Tribunal Fiscal de la Nación hizo lugar al recurso de Furbia, ordenando la devolución de $2.758 por la diferencia entre el 10% de tasa de estadística y el 3% preferencial del ACE N°14. La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V confirmó lo resuelto por el Tribunal Fiscal. Los fundamentos principales fueron:
- El certificado de origen, si bien carecía del sello de la entidad certificante en el campo 14 y de la fecha en el campo 13, cumplía sustancialmente con los requisitos. Constaba la firma ológrafa del funcionario y el nombre de la entidad certificante (FIERGS).
- La omisión de la fecha en el campo 13 no implica la invalidez del certificado, dado que la fecha de expedición era anterior al embarque y se encontraba dentro del plazo requerido.
- Los defectos señalados por la Aduana son meros incumplimientos formales que no afectan la validez y aplicabilidad del certificado de origen.

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