INC SA c/ EN-M ECONOMIA (EX 25894939/23 - DISP 409/24) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45
La empresa Inc SA recurrió una multa impuesta por comercializar alimentos vencidos. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sanción al considerar que la venta de productos fuera de período de aptitud para consumo constituye una infracción formal a la Ley de Defensa del Consumidor.
Inc SA recurrió una multa impuesta por la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial por infracción al art. 5 de la Ley 24.240 al constatarse la existencia en góndola de productos alimenticios vencidos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó el recurso directo y confirmó la sanción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La infracción por comercializar productos vencidos tiene carácter formal, por lo que no es necesario acreditar un daño efectivo a los consumidores. Basta con la constatación objetiva de la existencia de productos fuera de período de aptitud.
- La fecha de vencimiento consignada por el fabricante implica que el producto no cumple con los estándares de calidad y seguridad exigidos. Por ello, su exhibición en góndola genera un potencial peligro para la salud de los consumidores.
- Para la configuración de la infracción no es relevante que no se haya acreditado una venta efectiva de los productos vencidos, pues la norma busca prevenir el daño y no sólo sancionar un perjuicio consumado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: