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CÓSPITO, HUGO RICARDO ANTONIO c/ EN - AFIP - LEY 20628 - DTO 824/19 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El jubilado promovió demanda para que se declare la inconstitucionalidad del gravamen sobre su haber jubilatorio. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

Inconstitucionalidad Reintegro Vulnerabilidad Impuesto a las ganancias Jubilacion Seguridad social


¿Quién es el actor?

Hugo Ricardo Antonio Cóspito

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- AFIP

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad del Impuesto a las Ganancias sobre las jubilaciones y reintegro de las sumas retenidas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias que gravan los haberes de pasividad del actor, y ordenó a la AFIP que se abstenga de retener suma alguna en concepto de ese impuesto en el haber jubilatorio del demandante, y que reintegre los montos retenidos en los últimos 5 años, con intereses. La Cámara señaló que, conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema en el precedente "García", la ancianidad como condición que determina la vulnerabilidad de los jubilados debe ser ponderada por el legislador al establecer el tributo sobre las jubilaciones, y no sólo la capacidad contributiva. En este caso, la avanzada edad del actor (70 años) justifica la aplicación de ese criterio.

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