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CONSORCIO DE PROPIETARIOS LAMBARE 914/922 c/ EDESUR SA s/EXPROPIACION-SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA

El consorcio de propietarios promovió demanda por indemnización derivada de la servidumbre administrativa de electroducto sobre su inmueble. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y reconoció el derecho del consorcio a percibir la indemnización correspondiente.

Indemnizacion Prescripcion Servidumbre administrativa Limitacion al derecho de propiedad Tribunal de tasaciones


¿Quién es el actor?

Consorcio de Propietarios Lambaré 914/922

¿A quién se demanda?

EDESUR SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por servidumbre administrativa de electroducto sobre el inmueble

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y reconoció el derecho del consorcio a percibir indemnización por servidumbre administrativa, aun cuando no se había dictado el acto administrativo de afectación. Fundamentó que la limitación al derecho de propiedad por la existencia de la cámara transformadora en el inmueble otorga el derecho a la indemnización, más allá de la falta de formalización de la servidumbre.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señaló que la existencia material de la cámara transformadora en el inmueble del consorcio, que limita su derecho de propiedad, genera el derecho a una indemnización, independientemente de que no se haya dictado el acto administrativo de afectación a servidumbre. Citó jurisprudencia que sostiene que el fundamento de la indemnización es la limitación al derecho de propiedad, y no el acto de afectación por el ente regulador. Además, rechazó la excepción de prescripción opuesta por la demandada.

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