LERCHUNDI GUSTAVO ERNESTO c/ BOCA CRECE S.A. s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por el cobro de honorarios correspondientes a su función de síndico titular de la sociedad demandada. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó el rechazo de la demanda, con excepción del período comprendido entre enero y noviembre de 2009, en el que se fijó una remuneración mensual.
¿Quién es el actor?
Gustavo Ernesto Lerchundi
¿A quién se demanda?
Boca Crece S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de honorarios por ejercicio de la función de síndico titular de la sociedad demandada desde el 29/09/2006 hasta el 28/11/2009.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda, salvo por el período de enero a noviembre de 2009, en el que se fijó una remuneración mensual de $3.900 con intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- No se demostró que Lerchundi haya percibido los honorarios mensuales de u$s 1.000 que alegó hasta septiembre de 2006.
- Durante su gestión, Lerchundi facturó y percibió retribuciones por otras tareas, lo que evidencia que esa remuneración comprendía también su función de síndico.
- Aplicación de la doctrina de la CSJN en "Camaly c/ Rotativos Venus San Juan": el hecho de que Lerchundi se desempeñara como síndico durante más de 6 años sin reclamar honorarios específicos, percibiendo otros pagos, obsta a su reclamo posterior.
- Para el período de enero a noviembre de 2009, en el que Lerchundi no percibió retribución alguna, corresponde fijar una remuneración mensual de $3.900 con intereses, al haberse probado su actuación como síndico y el reclamo formal efectuado.
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