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CONSTRUCTORA DOS ARROYOS S.A. Y OTROS c/ BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/ORDINARIO

El actor promovió demanda por daños y perjuicios contra el banco por incluirlo erróneamente en la central de cuentacorrentistas inhabilitados. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó parcialmente la sentencia y mantuvo la indemnización reconocida a los socios, pero rechazó el reclamo de la sociedad.

Dano moral Danos y perjuicios Responsabilidad bancaria Dano a la imagen Cuentacorrentistas inhabilitados


¿Quién es el actor?

Constructora Dos Arroyos S.A., Juan Bautista Pacella y Oscar Aníbal Marenco

¿A quién se demanda?

Banco de la Ciudad de Buenos Aires S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamaron el pago de indemnización por los daños y perjuicios causados por la conducta negligente del banco al incluirlos erróneamente en la central de cuentacorrentistas inhabilitados del BCRA.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se condenó al banco a pagar $15.000 a Pacella y $10.000 a Marenco por daño moral, pero se rechazó el reclamo de la sociedad por falta de prueba del daño a la imagen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El banco reconoció su obrar antijurídico al no informar a tiempo el pago de la multa, lo que provocó la inclusión de los actores en la central del BCRA.
- Se acreditó que esa inclusión afectó a los socios Pacella y Marenco, conllevando consecuencias negativas en sus relaciones bancarias, lo que les generó padecimientos anímicos resarcibles.
- Sin embargo, la sociedad no logró probar de modo concreto el daño a su imagen y prestigio, por lo que corresponde rechazar su reclamo.

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