TRIBEL S.A.C.Y F. c/ AUTOLATINA ARGENTINA S.A.DE AHORRO PARA FINES DETERM. Y OTRO s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por cobro de diferencias de comisiones adeudadas por las demandadas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia de primera instancia y ordenó cuantificar el saldo adeudado por comisiones incompletas.
¿Quién es el actor?
TRIBEL S.A.C.y F.
- Demandadas: AUTOLATINA ARGENTINA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS y AUTOLATINA ARGENTINA S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de diferencias de comisiones adeudadas
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó cuantificar el saldo adeudado por comisiones incompletas, considerando que las demandadas no utilizaron los precios vigentes al momento de la adjudicación para el cálculo de la comisión, como establecía el contrato, sino "precios congelados" de un momento anterior. El tribunal también rechazó otros rubros reclamados.
Fundamentos relevantes:
- El cálculo de la comisión debía realizarse sobre los precios vigentes al momento de la adjudicación, no sobre "precios congelados" de un momento anterior, de acuerdo a lo pactado.
- En un contexto inflacionario, la interpretación contractual conforme a la buena fe impone considerar que fue intención de las partes establecer la comisión sobre un precio actualizado.
- La recepción de pagos incompletos no implica aceptación del incumplimiento ni renuncia a exigir el saldo adeudado, dado que se trata de operaciones integrativas de un contrato marco.
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