VIVOT MARTIN ALBERTO Y OTROS c/ CARILO VIEJO S.A. s/ORDINARIO
Los accionistas de Cariló Viejo S.A. impugnaron la asamblea general ordinaria que aprobó el balance de 2008. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirma el rechazo de la impugnación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Los accionistas Martín Alberto Vivot, Tomás Francisco Vivot e Inés María Vivot demandaron a Cariló Viejo S.A. para impugnar la asamblea general ordinaria que aprobó el balance al 30/06/2008, alegando irregularidades como la falta de detalle de inversiones en el exterior, gastos injustificados y ausencia de recuento físico en cuentas bancarias. El juez de primera instancia declaró la caducidad del derecho a impugnar, aplicando el plazo trimestral del art. 251 de la Ley de Sociedades Comerciales. La Cámara confirma dicha decisión, considerando que los cuestionamientos al balance no configuran supuestos de nulidad absoluta que pudieran exceptuar el plazo de caducidad. Señala que las irregularidades denunciadas, de existir, no afectarían el orden público sino intereses particulares, por lo que el acto es confirmable por el mero transcurso del tiempo.
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