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ALBA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. c/ JARDIN DE LOS CEIBOS S.A. Y OTRO s/ORDINARIO

La aseguradora demandó a una empresa y un fiador por impago de una póliza de seguro de caución. La Cámara confirmó la sentencia que condenó a los demandados al pago, al considerar que el seguro de caución subsiste hasta que se notifique la extinción de la obligación.

Intereses moratorios Apelacion Seguro de caucion Fianza Prima Extincion de obligacion


¿Quién es el actor?

Alba Compañía Argentina de Seguros S.A.
- Demandados: Jardín de los Ceibos S.A. y Roberto Francisco Schröder Langhaeueser

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de una póliza de seguro de caución

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que condenó a los demandados a pagar a la aseguradora la suma reclamada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El seguro de caución subsiste hasta que el tomador notifique a la aseguradora la extinción de la obligación garantizada y le entregue la póliza, pues hasta entonces sigue devengándose la prima.
- La Cámara rechazó el agravio del fiador Schröder por no haber apelado la sentencia.
- Respecto al agravio sobre la tasa de interés pactada, la Cámara consideró que al no haberse cuestionado en primera instancia, su tratamiento en apelación se encuentra vedado.

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