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COMISION NACIONAL DE VALORES c/ CAPEX S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó parcialmente la sanción impuesta por la Comisión Nacional de Valores a las empresas CAPEX, CAPSA e INTERENERGY, así como a sus directivos, reduciendo los montos de las multas.

Deber de informacion Sanciones administrativas Principio de legalidad Mercado de capitales Hechos relevantes


¿Quién es el actor?

Comisión Nacional de Valores
- Demandados: CAPEX S.A., CAPSA, INTERENERGY Argentina S.A. y sus directores y síndicos
- Objeto de la demanda: Imponer sanciones por incumplimiento del deber de informar hechos relevantes
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la resolución de la Comisión Nacional de Valores, pero redujo los montos de las multas impuestas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 5 inc. a) del Anexo al Decreto 677/2001 impone un deber de información genérico que afecta el principio de legalidad, pero ese deber se concreta en las situaciones específicas enumeradas en el art. 3 inc. 4 del Capítulo XXI de las Normas de la CNV, que se aplica al caso.
- La operación de aporte y venta de acciones de CAPEX por CAPSA a INTERENERGY constituyó un "hecho relevante" que debía ser informado por su carácter extraordinario y magnitud, que podía afectar sustancialmente la cotización de las acciones.
- El incumplimiento del deber de informar el otorgamiento de un préstamo de CAPEX a HYCHICO también se encuadra en las obligaciones de información.
- Si bien las sanciones impuestas son adecuadas dada la gravedad de las infracciones y su impacto en la confianza del mercado, corresponde reducir los montos de las multas.

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