LTI S.R.L. Y OTRO c/ GRUPO CALIPSO S.A. s/ORDINARIO
Las empresas LTI S.R.L. y Debrar S.A reclamaron a Grupo Calipso S.A. por incumplimiento en la implementación de un sistema informático. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la sentencia que condenó parcialmente a Grupo Calipso S.A. a indemnizar a las actoras.
Nulidad de cláusulas contractuales, cobro de sumas abonadas y resarcimiento de daños y perjuicios por incumplimiento en la implementación de un sistema informático.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a Grupo Calipso S.A. a pagar U$S 3.841,26 y $ 72.774,90 a las actoras.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los cuatro contratos celebrados (dos de licencia y dos de implementación) están vinculados entre sí, por lo que deben ser analizados en forma conjunta.
- Grupo Calipso incumplió la obligación de instalar el sistema en el plazo previsto y de forma satisfactoria, sin que existan causas técnicas que lo justifiquen.
- La rescisión impuesta por Grupo Calipso fue intempestiva, al no haber intimado previamente a cumplir conforme lo establecían los contratos.
- No procede la multa civil, ya que si bien hubo incumplimiento, no se acreditó una conducta dolosa o gravemente negligente.
- La cláusula de limitación de responsabilidad no se excede con la condena dispuesta.
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