BARCIA , JORGE ALBERTO c/ BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados del robo de su caja de seguridad bancaria. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y estableció montos indemnizatorios por daño emergente, daño moral y daño psicológico.
Daños y perjuicios por robo de caja de seguridad bancaria
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó al banco a pagar al actor la suma de U$S 155.734 y $ 186.349,28 en concepto de daño emergente, más intereses, $ 20.000 por daño moral y $ 7.200 por daño psicológico.
Los principales fundamentos fueron:
- El banco tenía una obligación de resultado respecto a la seguridad de la caja de seguridad, que incumplió al no adoptar medidas mínimas de seguridad.
- Se acreditó la existencia de U$S 115.734 y $ 159.149,28 pertenecientes al actor en la caja de seguridad al momento del robo.
- Correspondía reconocer el daño moral y psicológico sufrido por el actor como consecuencia del robo.
- Se modificó la tasa de interés a aplicar sobre la condena en dólares estadounidenses.
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