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DE TOMASO EUGENIO LUIS c/ BANCO SANTANDER RIO S.A. s/ORDINARIO

El actor promovió demanda por daños y perjuicios contra el banco por la sustracción de chequeras. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó parcialmente la sentencia y condenó al banco a indemnizar al actor por lucro cesante, pérdida de chance y daño moral.

Dano moral Lucro cesante Perdida de chance Responsabilidad bancaria Sustraccion de chequeras Gastos de juicio


¿Quién es el actor?

Eugenio Luis De Tomaso

¿A quién se demanda?

Banco Santander Río S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios por sustracción de chequeras

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia, condenando al banco a pagar indemnización por lucro cesante, pérdida de chance y daño moral.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El banco incurrió en negligencia en la guarda de las chequeras y no notificó oportunamente al actor sobre el robo.
- Si bien el banco rechazó los cheques robados sin generar débitos, no brindó asistencia técnica al actor para afrontar los reclamos de los tenedores de los cheques.
- Se acreditó la frustración de una operación comercial con Panificadora Berchi y una pérdida de chance de obtener mayores ingresos.
- El actor sufrió daño moral al verse involucrado injustamente en un juicio ejecutivo.
- No se acreditó daño a la imagen comercial del actor.

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