CPE INFORMATICA S.A. c/ BLAISTEN S.A. s/ORDINARIO
La empresa CPE Informática S.A. demandó a Blaisten S.A. por incumplimiento de contrato. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó parcialmente la sentencia, reduciendo el monto indemnizatorio.
¿Quién es el actor?
CPE Informática S.A.
¿A quién se demanda?
Blaisten S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamó indemnización por rescisión anticipada del contrato de servicios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de Blaisten, reduciendo el monto indemnizatorio.
Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que CPE no acreditó fehacientemente la prestación de un servicio técnico por tareas de integración de Cencosud, por lo que excluyó ese rubro de la condena.
- Asimismo, determinó que el IVA no corresponde aplicar a la indemnización por falta de preaviso, ya que ésta refiere a una pena convencional y no al precio de un servicio.
- En cambio, la Cámara confirmó que la rescisión unilateral fue imputable a Blaisten, al no haber probado las circunstancias que la determinaron.
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