VIGODA, LEON MAURICIO Y OTRO c/ SWISS MEDICAL S.A. s/SUMARISIMO
Actor demandó a empresa de medicina prepaga por aumento desmedido de cuotas. Cámara de Apelaciones confirma sentencia que rechazó la demanda por falta de prueba de los aumentos excesivos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor (León Mauricio Vigoda) demandó a Swiss Medical S.A. buscando que se declaren inaplicables los aumentos dispuestos por la empresa de medicina prepaga y se retrotrajera el valor de la cuota a 2008.
El juez de primera instancia rechazó la demanda. La Cámara de Apelaciones analizó la legitimidad de los aumentos dispuestos por la empresa y concluyó que, si bien no estaban debidamente probadas las razones del incremento, los porcentajes de aumento no resultaban desproporcionados dado el comportamiento generalizado del mercado. La Cámara consideró que el actor no logró acreditar la magnitud de los aumentos, por lo que confirmó el rechazo de la demanda.
Extractos relevantes:
"En primer lugar, he de destacar que el accionante sólo ofreció como prueba la documental que adjuntó y que fue oportunamente desconocida por la accionada. En ella se encuentran recibos de haberes del accionante, facturas que habrían sido emitidas por la accionada en octubre, noviembre y diciembre de 2010 y febrero de 2011, así como el resumen de los débitos automáticos de una cuenta del Banco Santander Río -que no es de titularidad del accionante
- y en el que constarían pagos a Swiss Medical -aunque no es posible determinar que se correspondan a la cobertura del actor, pues no consta ningún detalle del plan médico abonado
- correspondientes al año 2009 y 2008."
"Cierto es que la accionada no aportó pruebas para demostrar la extensión del crecimiento de sus costos y que en el período analizado, a diferencia de lo que ocurre hoy en virtud de los dispuesto por la ley 26.682, las empresas de medicina prepaga no necesitaban una autorización para aumentar las cuotas sino que bastaba que informaran cuatrimestralmente el valor de las tarifas (Res. 54/2000 de la Secretaría de Defensa del Consumidor), careciendo, por ello, de una supervisión estatal que respalde su razonabilidad."
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