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CHIRIFE CLARA SUSANA c/ GARCIA SALE JORGE ALBERTO s/ORDINARIO

El actor promovió demanda por consignación de deuda derivada de un contrato de mutuo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia al determinar que el monto consignado, con los intereses generados, era suficiente para cancelar la obligación.

Intereses moratorios Consignacion Pago Mutuo Conversion moneda extranjera


¿Quién es el actor?

Clara Susana Chirife

¿A quién se demanda?

Jorge Alberto García Sale

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Consignación de deuda derivada de un contrato de mutuo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la validez de la consignación efectuada por Chirife, considerando que el monto depositado, más los intereses generados, era suficiente para cancelar la obligación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El tipo de cambio a considerar para la conversión de la deuda en moneda extranjera es el vigente al momento de iniciarse el juicio ejecutivo, conforme a la posición asumida por el demandado.
- Corresponde aplicar una tasa de interés moratorio del 8% anual, en línea con la jurisprudencia de la Sala.
- El monto consignado, más los intereses generados por su imposición a plazo fijo, cumple con los requisitos de identidad e integridad del pago.

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