BARBIERI , MARIA GRACIA Y OTROS c/ CABAÑA EL PANORAMA S.A. Y OTROS s/ORDINARIO
La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la nulidad de la revocación de la escisión de Cabaña El Panorama S.A. decidida en asamblea, manteniendo la nulidad de las restantes decisiones adoptadas en dicha asamblea.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Los accionistas de Cabaña El Panorama S.A. (Barbieri, Grassino y La Tranquilidad S.A. en formación) demandaron la nulidad de la decisión asamblearia que revocó la escisión previamente aprobada y otras medidas conexas.
- La Cámara declaró la nulidad de la decisión que revocó la escisión, por considerar que ello violaba los derechos subjetivos de los socios. Rechazó la orden de inscribir los bienes escindidos y la ratificación de la disolución de Cabaña S.A. por considerar que el proceso de escisión aún no se había concluido.
- En relación al reclamo de daños bajo el art. 254 de la Ley de Sociedades, la Cámara confirmó el rechazo por falta de acreditación de los perjuicios.
- La Cámara también confirmó la legitimación de las sociedades escisionarias (La Tranquilidad, La Noria y Don Jorge) para intervenir en el proceso en carácter de terceros interesados.
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