KEMELMAJEN HECTOR c/ PEUGEOT ARGENTINA S.A. Y OTROS s/AMPARO
El actor promovió demanda de amparo por considerar que el valor de la cuota del crédito prendario era inadecuado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó el rechazo de la acción por considerar que el amparo no era la vía idónea para canalizar el reclamo.
¿Quién es el actor?
Héctor Kemelmajen
- Demandados: Peugeot Argentina S.A., BBVA Banco Francés S.A., PSA Finance Argentina Cía. Financiera S.A., La Caja de Ahorro y Seguro S.A. y Automotores Eiffel S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se ordene a las demandadas abstenerse de solicitar el secuestro del vehículo del actor y dar de baja el seguro automotor, por considerar que el valor de la cuota del crédito prendario era inadecuado.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la acción de amparo por considerar que no se verificaban los presupuestos de procedencia de esta vía excepcional, ya que el actor contaba con otras vías más apropiadas para reclamar, como la acción de consignación judicial. Además, no se acreditó que el valor de la cuota fuera producto de un obrar arbitrario o ilegalmente manifiesto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El amparo es una vía excepcional y de aplicación restrictiva, por lo que procede sólo cuando se acredita la existencia de un daño concreto y grave producto de una conducta arbitraria o ilegalmente manifiesta, y la inexistencia de otras vías judiciales para obtener tutela.
- En el caso, el actor no demostró que el valor de la cuota fuera producto de un obrar arbitrario o ilegalmente manifiesto, ya que los elementos documentales y periciales acreditaron que se respetaron las condiciones publicitadas y libremente convenidas.
- El actor contaba con la acción de consignación judicial como vía más apropiada para cuestionar el valor de la cuota, y no la acción de amparo.
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