AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA S.A. Y OTRO c/ INDUSTRIAS METALURGICAS PESCARMONA S.A. s/ORDINARIO
Las concesionarias ferroviarias reclamaron a la vendedora de las acciones por pasivos ocultos no informados. La Cámara revocó la sentencia y condenó a la vendedora a pagar los montos efectivamente afrontados por las concesionarias en los juicios ocultos.
Incumplimiento contractual por pasivos ocultos no informados en la venta de acciones de las concesionarias ferroviarias
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y admitió parcialmente la demanda, condenando a IMPSA a pagar las sumas que las concesionarias efectivamente abonaron o deban abonar en el marco de los 23 juicios ocultos, con costas a cargo de IMPSA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El contrato definía a los "pasivos ocultos" como deudas/pasivos no registrados contablemente ni incluidos en los anexos, por lo que los 23 juicios encuadran en esa definición.
- La garantía de IMPSA por pasivos ocultos no se limitaba al resultado del due diligence realizado por los compradores.
- El "Acta Acuerdo" posterior entre las concesionarias y IMPSA no pudo dispensar a IMPSA de la garantía otorgada a los compradores de las acciones.
- Corresponde condenar a IMPSA a pagar los montos efectivamente afrontados por las concesionarias en esos 23 juicios ocultos.
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