DOMINGUEZ JUAN LEON c/ GUIDO GUIDI S.A. s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados del incumplimiento de un contrato de compraventa automotor. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó parcialmente la sentencia que ordenó verificar en el concurso preventivo de la demandada un crédito en favor del actor por el importe depositado, pero rechazó los reclamos por daño psicológico, daño moral y alquiler de vehículo.
¿Quién es el actor?
Juan León Domínguez
¿A quién se demanda?
Guido Guidi S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por incumplimiento de contrato de compraventa automotor
¿Qué se resolvió?
- Se reconoció el reintegro del importe depositado ($ 120.000) como "daño emergente"
- Se rechazó el reclamo por "daño psicológico y su tratamiento" y "daño moral" por falta de prueba
- Se rechazó el reclamo por "alquiler de automóvil" por falta de prueba documental
Fundamentos principales:
- Para proceder al resarcimiento del "daño psicológico" es necesaria la acreditación mediante prueba pericial, la cual el actor desistió de producir.
- Para acreditar el "daño moral" es necesario demostrar la afectación de valores extraños a lo patrimonial, lo cual no se encuentra probado en autos.
- Para obtener el reintegro de los gastos de alquiler de automóvil era necesaria la prueba documental, no pudiendo suplirse por prueba testimonial.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: