BARBEITO GABRIEL FERNANDO c/ CIRCULO DE INVERSORES DE AHORRO P/F DETERMINADOS S.A. Y OTRO s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados del secuestro de su vehículo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia y redujo parcialmente el monto indemnizatorio.
Indemnización por daños y perjuicios sufridos en un automotor de su propiedad durante el secuestro prendario.
¿Qué se resolvió?
- Se confirmó el rechazo de la demanda contra PCA por falta de legitimación pasiva.
- Se redujo parcialmente la condena a CIAFD, fijando la indemnización en $12.155 por los daños constatados en los paneles exteriores del vehículo.
- Se rechazó el reclamo por "desvalorización del bien" por no acreditarse deterioros estructurales.
- Se estableció que el monto indemnizatorio puede compensarse con la deuda prendaria pendiente.
Fundamentos relevantes:
- La responsabilidad de CIAFD como depositaria judicial se rige por la ley vigente al momento del secuestro, no por el Código Civil y Comercial posterior.
- CIAFD tenía una "responsabilidad agravada" por ser depositaria judicial y acreedora prendaria, debiendo probar que los daños no le son imputables.
- Los daños a partes de carrocería reparables no configuran "desvalorización" indemnizable.
- Los intereses corren desde la primera constatación de los daños y no desde el secuestro.
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