EUGUI DIANA MARIA c/ NOVAL MARIA DEL CARMEN s/ORDINARIO
La actora promovió demanda por la disolución y liquidación de la sociedad de hecho Imas, Noval & Eugui - Negocios Inmobiliarios. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia al establecer que la sociedad de hecho se disolvió el 28-02-03 y ordenó la rendición recíproca de cuentas hasta esa fecha.
¿Quién es el actor?
Diana María Eugui
- Demandadas: María del Carmen Noval, Silvia Myriam Imas
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Disolución y liquidación de la sociedad de hecho "Imas, Noval & Eugui
- Negocios Inmobiliarios"
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la existencia de una sociedad de hecho entre las partes. Modificó la sentencia al establecer que la sociedad se disolvió el 28-02-03, fecha en que Eugui notificó a las demás socias su voluntad de desvincularse, y ordenó la rendición recíproca de cuentas hasta esa fecha.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Las demandadas reconocieron la existencia de la sociedad de hecho. 2) Existieron aportes de las partes, distribución de ganancias y pérdidas, y una apariencia jurídica de la sociedad en el mercado inmobiliario. 3) La voluntad de Eugui de desvincularse de la sociedad quedó evidenciada en las cartas documento del 28-02-03, por lo que esa debe ser la fecha de disolución. 4) Corresponde la rendición recíproca de cuentas entre las socias hasta la fecha de disolución.
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